lundi 19 octobre 2009

"Conflicto en la ONU" por informe del DPA sobre Honduras

Nueve de 193 países miembros de la ONU, presionan al Secretario General para promover más sanciones contra Honduras, en el marco de una resolución política y no jurídica que condenó éste país por la destitución del ex presidente Zelaya, a la vez insisten en involucrar al Consejo de Seguridad que mantiene su posición de “no intervención”.

Una confrontación” al más alto nivel de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a originado la existencia del informe jurídico, sobre la situación en Honduras, realizado por consultores contratados por la Secretaría General a través del Departamento de Asuntos Políticos, donde se establece la violación a las normas del derecho internacional y la de no intervención en otros Estados, y reseña un concepto sobre la destitución del ex presidente Manuel Zelaya.

En estos momentos, lo que se maneja en la ONU y la Organización de Estados Americanos (OEA) que con las posiciones adoptadas contra Honduras, tras la destitución de Zelaya, en la Asamblea General de la ONU que dirigió como presidente el nicaragüense Miguel D´Escoto y el secretario General de la OEA Miguel Insulza, “es que en el futuro cualquier Estado miembro puede cuestionar las acciones que han tomado grupos de estados en violación del derecho Internacional”.

Tras divulgarse la existencia de ese informe especial sobre la situación en Honduras, donde se establecen posiciones jurídicas y no políticas, fuentes ligadas a hondudiario.com confirmaron que el propio Secretario General fue obligado a realizar una “aclaración” para mantener la posición de la Asamblea General que condenó a Honduras en menos de 48 horas con posiciones políticas e intervencionistas.

El mismo día que hondudiario.com publicó la información, fue obligado a minimizar el informe que no puede negar su existencia, porque él lo autorizó y se ha adoptado en mantenerlo engavetado”, expresó Robert J. Wood, asesor y consultor en derecho internacional de la ONU.

Esta confrontación es al más alto nivel de la ONU, entre los representantes de países miembros en la Asamblea General, la Secretaría General y el Consejo de Seguridad, tras divulgarse la existencia de un informe jurídico sobre la situación en Honduras, antes, durante y después del 28 de junio, cuando se produjo la destitución del ex presidente Zelaya.

J. Wood, reafirmó que el informe sobre la situación en Honduras, fue autorizado por el Secretario General de la ONU, quien avaló la contratación a través del Departamento de Asuntos Políticos (DPA) para su ejecución en el marco jurídico de las leyes y no en base a posiciones ideológicas o políticas.

Sobre la remoción constitucional del ex presidente Zelaya, de acuerdo a las leyes hondureñas, según el informe jurídico, aseguró que “lo más grave de la situación es que el mismo Secretario General de la ONU, presionado por el mismo grupo de países en menos de 24 horas, corrió a desmentir un artículo de un pequeño periódico de Honduras”.

La confrontación se produjo, porque el representante del Secretario General no puede negar que existe un informe oficial sobre la situación en Honduras, en el cual se confirma que la Asamblea General fue manipulada y violentó la misma carta de la ONU de no intervención y quieren ocultar su error”, agregó el entrevistado.

El Secretario General al reconocer que existe dicho informe, admitió que “un reciente informe de prensa hondureña parece referirse a un análisis producido por un consultor, alegando que representa la opinión del Departamento de Asuntos Políticos. Esto es sumamente tendencioso”.

Tendenciosa es la actitud del Secretario General por no hacer una rectificación pública en base a los resultados del informe del Departamento de Asuntos Políticos que ellos mismo autorizaron elaborarlo”, agregó.
Lo que no menciona (el Secretario General) es que estos expertos son contratados por la ONU, para tener información técnica y no política, y sus informes se utilizan para mantenerse informados sobre la situación mundial. Que el informe revela las constantes violaciones al principio de la “no intervención”.

La no intervención junto con la igualdad jurídica de los Estados y la proscripción del uso de la fuerza, enmarcan todo el Derecho Internacional y las Relaciones Internacionales”.

Los instrumentos internacionales, el Articulo 2 párrafo 7 de la Carta de las Naciones Unidas, los artículos 15 y 16 de la Carta de la Organización de Estados Americanos y las resoluciones 2131(XX) y 2625 (XXV), de la Asamblea General de las Naciones Unidas y en numerosas sentencias de la Corte Internacional de Justicia”.

J. Wood, reveló que en muchas ocasiones el Departamento Legal de la ONU se reunió con el ex presidente de la Asamblea General de la ONU padre Miguel D'Escoto Brockmann, y se le informo que con sus acciones la Organización violaba el principio de la no intervención, específicamente el Articulo 2 que “ ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará; a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicación de las medidas coercitivas prescritas en el Capítulo VII”.

Incluso, en el informe se advierte que muchos representantes permanentes de la ONU criticaron fuertemente el plan del ex presidente Zelaya cuando informo en una conferencia de prensa, días después de su destitución que “una comisión va directamente encabezada por su servidor, el presidente de Honduras, acompañado de el presidente de la Asamblea General de la ONU, el padre Miguel D'Escoto".

Al margen del comportamiento político de D`Escoto, se ligó “que estaba siguiendo la agenda de su país de origen Nicaragua y los otros miembros del ALBA (Alternativa Bolivariana para las Américas) y viajo a Honduras”.

J.Wood, aseguró que “lo importante del Articulo 2 numeral 7, es el principio de jurisdicción doméstica, mismo que fue introducido en San Francisco con el propósito de garantizar a los Estados Miembros el respeto de la Organización al derecho interno y permitir que la carta fuera ratificada por el poder legislativo de los Estados Miembros. En el Derecho Internacional se conoce este articulo como parte vital de la Carta”.

Según el consulto, el nuevo presidente del 64º período de sesiones de la Asamblea General de la ONU, doctor Ali Abdessalam Treki, de Libia quien sustituyo a Miguel D’Escoto Brockmann de Nicaragua, a pesar de las relaciones entre Libia y Venezuela no se ha involucrado personalmente en el tema de Honduras como lo hizo su predecesor que fue muy criticado por la manera en que interfirió en los asuntos internos de Honduras, incluso cuando acompañó al ex presidente Zelaya en su aventura de ingresar por vía aérea a Honduras, violando la Carta de las Naciones Unidas y las normas de la Aviación Civil Internacional (OACI).
En estos momentos lo que se maneja en los corredores de la ONU y de la OEA por parte de funcionarios serios de estas Organizaciones es que en el futuro un Estado miembro puede cuestionar las acciones que han tomado grupos de estados en violación del derecho Internacional”.

Como ilustración recientemente los mandatarios de Bolivia, Cuba, Ecuador, Venezuela, Dominica, Antigua y Barbuda, San Vicente y las Granadinas resolvieron por unanimidad "aplicar sanciones económicas y comerciales en contra del régimen golpista" en Honduras. Sin contar con el apoyo de una resolución del Consejo de Seguridad de la ONU bajo los Capítulos VI o VII de la Carta, esto una clara violación de muchos instrumentos internacionales incluyendo la Carta de la ONU”, refirió.

En la Resolución 2131 (XX) de la asamblea General de la ONU se tipifican estas acciones como intervención de la jurisdicción domesticas, donde claramente dice que “ningún Estado puede aplicar o fomentar el uso de medidas económicas, políticas o de cualquier otra índole para coaccionar a otro estado a fin de lograr que subordine el ejercicio de sus derechos soberanos u obtener de el ventajas de cualquier orden”.

Todos los Estados deberán también abstenerse de organizar. Apoyar, fomentar, financiar, instigar o tolerar actividades armadas, subversivas o terrorista encaminadas a cambiar por la violencia el régimen de otro Estado, y de intervenir en una guerra civil de otro Estado”.

Lo que si es cierto de lo que informo el portavoz del Secretario General de las Naciones Unidas, es que son muchos los informes y análisis de este tipo realizados por consultores, académicos y otros expertos, que se sienten horrorizados por la manera en que los países del ALBA y el silencio de los otros estados, permiten graves violaciones al Derecho Internacional y guardan silencio”, señaló J. Wood.

En tal sentido, estimó que es natural que los hondureños rechacen la intervención de organismos internacionales en asuntos internos, considerando que las cosas de los hondureños deben ser solucionadas por los propios hondureños, con el debate de ideas y con elecciones libres”.

Los asuntos internos se resuelven, con espacios de diálogo de paz, mismo que no puede ocurrir con la constante intervención de otros”, sugirió el consultor y experto asesor en Derecho Internacional del Consejo de Seguridad de la ONU, que a la vez advirtió que al haber trascendido la existencia de dicho informe sobre Honduras, han sido “amenazados con suspenderles los fondos para no hacer más investigaciones independientes y apolíticas”.

El secretario de la ONU Ban Ki moon “está presionado para que mantenga la posición de los países miembros de la Asamblea que condenaron a Honduras en menos de 48 horas sin un dictamen jurídico y varios países aún insisten en promover más sanciones contra el régimen actual al margen de las normas internacionales y presionan al Consejo de Seguridad para que se involucre en una acción que desde el 30 de junio fue errónea y manipulada en el marco del los conceptos y del derecho internacional”, concluyó.

Hondudiario

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